Lineamiento temporal para la prestación de servicios de formación y certificación de los migrantes venezolanos con Permiso por Protección Temporal.

Dando alcance a la circular 01-03-2020-000157 del 3 de septiembre de 2020 y considerando el desarrollo normativo relacionado con los migrantes venezolanos como, i) Decreto número 216 de 2021 del 1 de marzo 2021,expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores «Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria», expedido por el Presidente de la República de Colombia la ii) Resolución No. 0971 de 2021 del 28 de abril de 2021 expedida por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia “Por la cual se implementa el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos adoptado por medio del Decreto 216 de 2021”, iii) la jurisprudencia de la Corte Constitucional, en especial la Sentencia N. 207 de 2018 donde indica: “El Estado tiene la obligación constitucional de garantizar que los alumnos de educación media y sus padres tengan un amplio margen de decisión en relación con la modalidad educativa en la que se requiere formar, ya que solo de esta manera es posible efectivizar la garantía prevista en el artículo 26 Superior.” De igual manera la Sentencia T-185 de 2021, establece: “aunque se han flexibilizado algunos requisitos para los migrantes en razón a la situación problemática por la que están atravesando y con el fin de asegurar sus derechos fundamentales, tal flexibilización no comporta una exención para no cumplir con la Ley y dejar de legalizar su estatus migratorio.”, y en virtud al proceso de regularización del cual viene siendo objeto la población venezolana dentro del territorio colombiano, mientras se culmina la implementación de la habilitación del Permiso por Protección Temporal (PPT) en el sistema de gestión académica del SENA – SOFIA Plus, nos permitimos informar que a partir de la fecha:

  1. Los migrantes venezolanos identificados con Permiso por Protección Temporal (PPT) podránregistrarse en el sistema de gestión académico administrativo, para tal fin deben seleccionarel tipo de documento Permiso Especial de Permanencia (PEP), ingresar el número delPermiso por Protección Temporal (PPT), agregar con números ceros (0) a la izquierda hastacompletar en total 15 caracteres, e ingresar en SOFIA Plus los demás datos de identificacióncomo se encuentran consignados en este documento.
  2. Para los aspirantes menores de edad migrantes pertenecientes a la estrategia dearticulación con la media podrán realizar su registro en SOFIA Plus una vez se hayan inscritoen el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV), para tal fin deben seleccionar eltipo de documento Permiso Especial de Permanencia (PEP) e ingresar el número de RegistroRUMV, agregar números ceros (0) a la izquierda hasta completar en total 15 caracteres, eingresar los demás datos de identificación como se encuentran consignados en el RUMV. Enel momento de contar con el documento de identificación Permiso por Protección Temporal(PPT) expedido por La Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
    Estas medidas serán transitorias mientras se implementan las actualizaciones en el sistema de gestión académica del SENA – SOFIA Plus.

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Fundación De Pana Que Si es una organización sin ánimo de lucro, legalmente constituida desde el año 2018, con una corta pero intensa trayectoria para contribuir a una respuesta integral a la realidad excluyente que vive la población en desventaja social y económica, especialmente la población migrante venezolana y los colombianos retornados. 

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